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Portal de Transparencia

Fecha de actualización: 20 de noviembre de 2025

INFORMACIÓN RELATIVA AL PORTAL DE TRANSPARENCIA

  • El Consejo Regulador Denominación de Origen Vinos de Abona, ha obtenido ayudas públicas por importe superior a 60.000 euros, por lo que en esta sección recogemos la información relacionada con su actividad, en cumplimiento de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública. Con la publicación de esta información, no sólo daremos cumplimiento con las normas de transparencia sino también con las obligaciones de publicidad establecidas en la Ley General de Subvenciones, así como cumplir con uno de los valores de la Denominación de Origen Vinos de Lanzarote, que es facilitar el acceso a la información sobre nuestra entidad.

 

  • La Ley canaria 12/2014 incluye en el artículo 3.1, letra b) a las empresas o entidades privadas que reciben más de 60.000 euros anuales de ayudas públicas como sujetos comprendidos dentro de su ámbito de aplicación; como también lo hace la norma básica estatal (Ley 19/2013). Asimismo, la norma estatal establece un conjunto de obligaciones informativas más reducido que las contempladas en la norma canaria u otras autonómicas.

 

La información publicada en este portal se rige por las pautas establecidas por el Comisionado de Transparencia de Canarias (https://transparenciacanarias.org/). Este órgano ha sido creado por la Ley de Transparencia de Canarias que depende del Parlamento de Canarias y que opera en las mismas dependencias de su sede. Está obligado a presentar anualmente un informe al Parlamento de Canarias sobre la aplicación y cumplimiento de las obligaciones de transparencia por las distintas entidades públicas y privadas de la Comunidad Autónoma, con el contenido mínimo que se recoge en la Ley. La regulación de este órgano se recoge en el título IV de la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública de Canarias.

ORGANIZATIVA

Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca del Gobierno de Canarias nº 870 de 5 de mayo de 1995 (BOCAC nº59 de 12/5/95), ratificada por la Subdirección General de Denominaciones de Calidad del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación según OM del 06/09/96 (BOE 19/09/96)

ORDEN de 31 de enero de 2008, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen de Vinos de Abona. Ley autonómica 10/2006, de 11 de diciembre, de los Consejos Reguladores de Vinos de Canarias (BOC nº 243 de 18.12.06)

Resolución de 3 de noviembre de 2011, de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, por la que se publica la Orden de 27 de enero de 2011, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen de Vinos «Abona», y la Orden de 19 de septiembre de 2011.

Decreto 146/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Reguladores de Vinos de Canarias

  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público.
  • Ley 24/2003, de 10 de junio, de la Viña y el Vino. (BOE nº 165, de 11.07.03)
  • Ley 6/2019, de 9 de abril, de Calidad Agroalimentaria.
  • Resolución 585/2019 de fecha 15/07/2019 del Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, por la que se dictan instrucciones para la llevanza de los registros de las Denominaciones de Origen Protegidas de Vinos por las entidades reconocidas como órganos de gestión de éstos.
  • Ley 16/2021, de 14 de diciembre, por la que se modifica la ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
  • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Estatal)–
  • Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública (canaria). –

Comisionado de transparencia canario

Definidas en el Estatuto:  ORDEN de 31 de enero de 2008, por la que se aprueba los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Vinos de Abona.

  Fines: Son fines del Consejo Regulador la representación,

defensa, garantía, investigación y desarrollo de mercados y promoción, tanto de los vinos amparados como

del nivel de protección, así como la prestación

de servicios relacionados con estas actividades.

ARTÍCULO 4.- DE SUS FUNCIONES.

Para la consecución de sus fines, el Consejo ejercerá

las siguientes funciones:

  1. a) Proponer modificaciones al reglamento de la denominación.
  2. b) Denunciar ante la administración competente

cualquier presunto incumplimiento de la normativa

vitivinícola.

  1. c) Orientar la producción y calidad y promocionar

e informar a los consumidores sobre el vino de

la denominación y, en particular, sobre sus características

específicas de calidad.

  1. d) Velar por el cumplimiento del reglamento de

la denominación, denunciando cualquier incumplimiento

ante los órganos administrativos y jurisdiccionales

competentes.

  1. e) Adoptar, en el marco del reglamento de la denominación,

el establecimiento para cada campaña,

según criterios de defensa y mejora de la calidad, los

rendimientos, límites máximos de producción y de

transformación, autorización de la forma y condiciones

de riego, o cualquier otro aspecto de coyuntura anual

que pueda influir en estos procesos.

  1. f) Calificar cada añada o cosecha y establecer los

requisitos que deben cumplir las etiquetas de los vinos

en el ámbito de sus competencias.

  1. g) Gestionar los registros definidos en el reglamento

de la denominación.

  1. h) Elaborar estadísticas de producción, elaboración

y comercialización de los productos amparados, para

uso interno y para su difusión y general conocimiento.

  1. i) Gestionar las cuotas que, en el marco de la legislación

aplicable, se establezcan para su financiación.

  1. j) Proponer los requisitos mínimos de control a los

que debe someterse cada operador inscrito en todas

y cada una de las fases de producción, elaboración

y comercialización de los vinos amparados por la denominación

y, en su caso, los mínimos de control para

la concesión inicial y para el mantenimiento de la

certificación.

  1. k) Colaborar con las autoridades competentes en

materia de vitivinicultura en el mantenimiento de

los registros públicos oficiales vitivinícolas, así como

con los órganos encargados del control.

  1. l) Realizar las encuestas de evaluación y estudios

necesarios que permitan conocer la situación y necesidades

del sector.

  1. m) Promover y cooperar en la organización de ferias

y exposiciones.

  1. n) Colaborar con la Administración participando

en la realización de estudios, trabajos y acciones que

se lleven a cabo en el sector.

  1. o) Proponer al órgano competente de la Administración

de la Comunidad Autónoma las medidas

que considere necesarias para el fomento y defensa

de los intereses que representan.

  1. p) Proponer las modificaciones de sus estatutos y velar por su cumplimiento.
  2. q) Elaborar y aprobar sus presupuestos y liquidaciones.
  3. r) Las demás que se establezcan en el reglamento

de la denominación o que le sean delegadas por la Administración.

JORGE MANUEL ZEROLO HERNÁNDEZ

PRESIDENTE

presidente@vinosdeabona.com

ANGELA DELGADO DIAZ

VICEPRESIDENTA

ENRIQUE ALFONSO GARCIA

SECRETARIO

JOSE MANUEL PEREZ TRUJILLO

TESORERO

ISORA GARCÍA HERNÁNDEZ

VOCAL

DIEGO MIGUEL REVERÓN REVERON

VOCAL

ALEJANDRO COLOGAN GALVAN

VOCAL

JUAN TOMAS TOLEDO MARTIN

VOCAL

MANUEL MARRERO REYES

VOCAL

PEDRO HERNÁNDEZ TEJERA

VOCAL

Administradores y directivos

Identificación, perfil, méritos académicos y trayectoria profesional.

No hay obligación de publicar esta información porque no hay retribución económica para el presidente.

Retribución percibida anualmente, articulada en función de la clase o categoría del órgano y especificando la dedicación mínima exigida en caso de dedicación parcial.

Servicios y procedimientos

Descripción del uso del canal interno de información de la Ley 2/2023, y principios esenciales del procedimiento de gestión

 

Sin información disponible

El Consejo Regulador de Abona no tiene obligación de tener un canal interno de información porque no tiene más de 50 trabajadores, según establece en el artículo 10 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción

Económico-financiera

Cuentas anuales que deban rendirse por la entidad (balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria, y en su caso estado de flujos de efectivo y estado de cambios en el patrimonio neto), y cuando proceda liquidación del Presupuesto.

Año Fecha de emisión Descripción del documento Documento
2024 28/04/2025 BALANCE EJERCICIO 2024 https://vinosdeabona.com/wp-content/uploads/2026/02/BALANCE-EJERCICIO-2024.pdf
2024 28/04/2025 RESULTADO EXPLOTACIÓN 2024 https://vinosdeabona.com/wp-content/uploads/2026/02/EXPLOTACION-2024.pdf

Responsable: CONSEJO REGULADOR DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN DE ABONA

Tipo: Cuentas anuales de la entidad: balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria (y, cuando proceda, estado de flujos de efectivo, estado de cambios de patrimonio neto o liquidación de presupuesto)

Categoría: Económico-financiera

Subcategoría: Información presupuestaria y contable

Referencia normativa: 

Informes de auditoría de cuentas

El Consejo Regulador de la denominación de Origen Valle de Güímar no tiene obligación de auditar sus cuentas porque no reúne las siguientes circunstancias establecidas en el artículo 263 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ya que reúne las tres circunstancias previstas.

Según el artículo 263 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se exceptúa de esta obligación a las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:

  1. a) Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros.
  2. b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros.
  3. c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta.

Contratos

Denominación y objeto; duración, importe de licitación y de adjudicación, procedimiento utilizado, instrumentos a través de los que, en su caso, se haya publicitado; número de licitadores/ras participantes en el procedimiento, e identidad de las personas o entidades a las que se adjudica el contrato. [Si no existen, indicarlo haciendo referencia al año evaluado, no dejar esta obligación en blanco].

Datos estadísticos sobre el porcentaje en volumen presupuestario de contratos adjudicados a través de cada uno de los procedimientos previstos en la legislación de contratos del sector público. [Si no existen, indicarlo haciendo referencia al año evaluado, no dejar esta obligación en blanco].

  • Contratos formalizados:
    • Año 2024. Durante dicho ejercicio la empresa no ha suscrito ningún contrato con administraciones públicas.
    • Año 2023. Durante dicho ejercicio la empresa no ha suscrito ningún contrato con administraciones públicas.
    • Año 2022. Durante dicho ejercicio la empresa no ha suscrito ningún contrato con administraciones públicas.
    • Año 2021. Durante dicho ejercicio la empresa no ha suscrito ningún contrato con administraciones públicas.
  • Contratos resueltos:
    • Año 2024. Durante dicho ejercicio la empresa no ha resuelto ningún contrato con administraciones públicas.
    • Año 2023. Durante dicho ejercicio la empresa no ha resuelto ningún contrato con administraciones públicas.
    • Año 2022. Durante dicho ejercicio la empresa no ha resuelto ningún contrato con administraciones públicas.
    • Año 2021. Durante dicho ejercicio la empresa no ha resuelto ningún contrato con administraciones públicas.

• Contratos menores:

  • Año 2024. Durante dicho ejercicio la empresa no ha suscrito ningún contrato menor con administraciones públicas.
  • Año 2023. Durante dicho ejercicio la empresa no ha suscrito ningún contrato menor con administraciones públicas.
  • Año 2022. Durante dicho ejercicio la empresa no ha suscrito ningún contrato menor con administraciones públicas.
  • Año 2021. Durante dicho ejercicio la empresa no ha suscrito ningún contrato menor con administraciones públicas.

Convenios y encomiendas de gestión

  • Encomiendas de gestión:
    • Año 2024. Durante dicho ejercicio la empresa no ha realizado ninguna encomienda de gestión con administraciones públicas.
    • Año 2023. Durante dicho ejercicio la empresa no ha realizado ninguna encomienda de gestión con administraciones públicas
    • Año 2022. Durante dicho ejercicio la empresa no ha realizado ninguna encomienda de gestión con administraciones públicas
    • Año 2021. Durante dicho ejercicio la empresa no ha realizado ninguna encomienda de gestión con administraciones públicas

Modificaciones realizadas durante la vigencia: objeto y fecha. [Si no existen, indicarlo haciendo referencia al año evaluado, no dejar esta obligación en blanco].

Ayudas y subvenciones

Fecha de concesión Importe Objetivo o finalidad Entidad concedente CIF entidad concedente Documento de concesión
19/11/2024 66.549,00 € Subvención directa nominada al órgano de gestión de la denominación de origen protegida de Valle de Güímar por importe de 52.202,00 € para financiar parcialmente los gastos corrientes y de funcionamiento generados en el año 2024 por el ejercicio de las funciones públicas que tiene atribuidas. Se contempla una partida presupuestaria nominada 4401 413A 48001, proyecto/subconcepto 444G0339, a favor del órgano de gestión de la DOP Abona INSTITUTO CANARIO DE CALIDAD AGROALIMENTARIA Q3800459D https://vinosdeabona.com/wp-content/uploads/2026/02/RESOLUCION-GASTOS-FUNCIONAMIENTO-2024-ABONA.pdfx
28/11/2024 26.106,42 €  

En base a la Resolución de 21 de diciembre de 2023, del Director, por la que se convocan anticipadamente para el ejercicio 2024, subvenciones destinadas a apoyar a las actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias para el periodo de programación 2014-2020, gestionadas por el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, y se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las mismas

INSTITUTO CANARIO DE CALIDAD AGROALIMENTARIA Q3800459D https://vinosdeabona.com/wp-content/uploads/2026/02/Resolucion-PDR-2024.pdf
15/11/2024 19.619,63 € El objetivo de la ayuda fue sufragar los costes de actividades reguladas en la base de la convocatoria y encaminadas al control de origen, calidad y trazabilidad de los vinos de la Denominación de origen Abona para la vendimia 2024, así como la ejecución de acciones para una mas integra implantación y gestión de dicho control entre los distintos operadores inscritos en virtud de la convocatoria de ayudas por parte del Cabildo Insular de Tenerife. CABILDO INSULAR DE TENERIFE P3800001D https://vinosdeabona.com/wp-content/uploads/2026/02/TRAZABILIDAD-CABILDO-2024-NOTIFICACION-JUSTIFICACION-Y-REINTEGRO-CRDO-ABONA-1.pdf